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WORLDWIDE LEGAL CONSULTING & CO .   
 
 
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WORLDWIDE LEGAL CONSULTING & CO., es una firma de abogados establecida en la República de Panamá, cuyo enfoque desde su nacimiento ha sido orientado en la práctica del asesoramiento jurídico, combinando eficacia y la más alta calidad de sus servicios a fin de lograr con éxito sus objetivos,  con responsabilidad en la búsqueda de la solución de conflictos, y el mantenimiento de una relación cercana y personal con nuestros clientes.

Hemos conformado un equipo de trabajo comprometido con la visión del Despacho, compuesto por abogados especialistas en todas las áreas de Litigio, como son Civil, Comercial, Propiedad Intelectual, Familia, Penal, Marítimo, Arbitrajes y Medios Alternos de Solución de Conflictos, Comercio Internacional, Abanderamiento y Registro de buques, Derecho Fiscal, Derecho Corporativo, Constitución de Sociedades y Fundaciones de Interés Privado, asesores fiscales, administradores de negocios, contadores, y demás colaboradores, cuya eficiencia, honestidad y calidad humana son elementos esenciales en nuestra elección profesional y en el éxito que hemos obtenido en tan corto tiempo.

En cuanto a la práctica internacional, la firma está en capacidad de coordinar con despachos en diferentes partes del mundo, cualquier asistencia legal o consulta que se le asigne; puesto que contamos con una excelente relación profesional con colegas de estas latitudes.

Además, en nuestras instalaciones contamos con la Oficina de Representación de la Cámara de Comercio y Desarrollo Rusia – Panamá.

Nuestras oficinas están situadas en el corazón del Centro Comercial y Financiero de la Ciudad de Panamá, específicamente en Punta Pacífica, Edificio Torres de las Américas, Torre B, quinto piso, Oficina 507, para mayor comodidad de nuestros clientes corporativos y del sector financiero.

*Los Contribuyentes del Municipio de Panamá, deberán presentar una Declaración Jurada de sus Ingresos Brutos (los obtenidos en el periodo fiscal 2011), dentro de los primeros 90 días calendarios del año 2012. La Declaración Jurada deberá completarla y enviarla accediendo a través del formulario digital que encontrará en www.municipio.gob.pa  Quien no presente su Declaración Jurada dentro del período antes indicado, será sancionado con multa de Quinientos Balboas (B/.500.00) y cierre de negocio hasta tanto no presente la mencionada Declaración Jurada.

**A partir del lunes 1º de agosto de 2011, entrará a regir el Acuerdo No. 001-2011 de 4 de enero de 2011, expedido por la Superintendencia de Bancos de Panamá, por la cual se dictan lineamientos para la transferencia de la información por el uso de los productos y servicios bancarios. Para mayor información, puede hacer click en el siguiente vínculo: http://www.superbancos.gob.pa/aspec_leyes/documentos/acuerdos/files/Acuerdo_1-2011.pdf

 
 
 

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